Con el aval de la Sedena, diputados aprueban cambios a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos; “inconsistencias, dudas y áreas de oportunidad en iniciativa de AMLO”: Oliver Cen
De acuerdo al dictamen aprobado este miércoles, los ejidatarios, comuneros y jornaleros podrán tener en sus domicilios varias armas, como escopetas de cualquier calibre

Con el aval de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), la Cámara de Diputados aprobó con 476 votos en pro, cero en contra y dos abstenciones, una serie de modificaciones y adiciones a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.
De acuerdo al dictamen aprobado este miércoles, los ejidatarios, comuneros y jornaleros podrán tener en sus domicilios varias armas: escopeta de cualquier calibre, excepto las de cañón de longitud inferior a .635 milímetros y las de calibre superior a 18.5 mm
Con las modificaciones, los ejidatarios podrán poseer pistolas de funcionamiento semiautomático de calibre no superior a los 9 milímetros, además de revólveres en calibres no superiores al .38 especial, “quedando exceptuado el calibre .357 magnum”.
Los practicantes de tiro o cacería debidamente acreditados ante la Sedena, podrán contar en su domicilio, transporte y portación “dentro del campo de prácticas o cotos de caza autorizada de hasta 10 armas de fuego”.
El morenista Humberto Coss y León Zúñiga Morena consideró que las modificaciones “otorgan certeza jurídica a los ejidatarios, comuneros y personas que practican el tiro deportivo, quienes podrán poseer armas de fuego bajo condiciones específicas”.
“Con lo que se reconocen realidades culturales, prácticas y libertades legítimas, sin poner en riesgo la seguridad, el orden público ni el derecho consagrado en el artículo 10 de nuestra ley fundamental”, expresó.
En la fundamentación de la iniciativa enviada por el entonces presidente Andrés Manuel López Obrador en septiembre de 2024, Luis Arturo Oliver Cen, presidente de la Comisión de Defensa admitió que “durante el análisis se detectaron algunas inconsistencias, surgieron dudas y se detectaron áreas de oportunidad”.
“El personal técnico de la Comisión de Defensa Nacional realizó el análisis de la iniciativa para poder elaborar el dictamen correspondiente, que significa la reforma a 59 artículos y algunas adiciones a otros”, explicó el general de división diplomado del Estado Mayor en retiro desde 2013.
Oliven Cen detalló que los 90 días para su revisión, “comenzó a correr en noviembre de 2024, posterior a la instalación de esta comisión, por lo que se solicitó la prórroga que la normatividad otorga”.
“Esta necesidad obligó a tener reuniones de trabajo con la propia Sedena, a fin de explicar la necesidad y viabilidad de la reforma. la iniciativa que nos trata representa un esfuerzo de trabajo de más de una década”, resaltó.
Entre los cambios destaca el artículo 2, que establece que la aplicación de estas disposiciones corresponde al ejecutivo federal, la Sedena y “demás autoridades federales”, con lo que elimina a la Secretaría de Gobernación.
El proyecto mantiene vigente los requisitos para tramitar una licencia de portación de arma de fuego: En el caso de personas físicas, tener un modo honesto de vivir; haber cumplido con el Servicio Militar Nacional, no tener impedimento físico o mental, no consumir drogas.
Además, se debe acreditar ante la Sedena la necesidad de portar armas por “la naturaleza de su ocupación o empleo; las circunstancias especiales del lugar en que viva, o cualquier otro motivo justificado”.
En su intervención, el diputado Sergio Gil Rullán, de Movimiento Ciudadano consideró que el “Registro Federal de Armas de Fuego contribuirá a una mayor transparencia y control, en virtud de que se moderniza y establece legislaciones estrictas para el mismo registro”.
“Se contemplan aspectos como la manifestación obligatoria de armas en un periodo de 30 días, para que si alguien que la posee fallece tenga un destino muy claro de quién la puede registrar y tener después del hecho.
También, de gran importancia es que las instituciones con licencias colectivas tengan que reportar al registro el folio de las credenciales del personal autorizado y la relación de armas bajo su poder y correlacionarlas con la estructura operativa.
El también emecista Pablo Vázquez Ahued consideró que “la protección al derecho de portación de armas de ejidatarios y comuneros en el ámbito rural de nuestro país para su legítima defensa y también para aspectos productivos”.
En tribuna, el diputado del Partido del Trabajo, Ricardo Sóstenes Mejía Berdeja resaltó que los cambios “ofrecen definiciones precisas para identificar, controlar y combatir el uso de artefactos explosivos, sobre todo aquellos que se usan de manera remota, de algunos que han utilizado criminales, como los drones, en estados como Michoacán y otros, por eso es muy importante que aquí se está regulando claramente”.
“A la Secretaría de la Defensa Nacional se le dota de facultades para otorgar, negar, suspender o cancelar permisos y licencias, lo que va a permitir una vigilancia más efectiva y directa” abundó Mejía Berdeja.
La diputada María del Rosario Guzmán Avilés, del Partido Acción Nacional subrayó que “digan lo que digan el crimen hoy está desatado y lo más preocupante es que día con día aumenta el acceso de los criminales a armas de alto calibre e incluso a nuevas tecnologías bélicas”.
“Se estima que diariamente entran a México casi 700 armas de fuego de manera ilegal y la mayor parte de ellas por la frontera norte, además se ha registrado un incremento significativo en la fabricación, distribución y uso de las armas de fuego artesanales”, añadió.
Guzmán Avilés apuntó que “esta adquisición ilegal, así como las modificaciones que aumentan la letalidad del armamento ha convertido a muchas comunidades de México en verdaderas zonas de guerra”.



