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¿Por qué la SCJN desestimó el proyecto del ministro González Alcántara para invalidar parte de la reforma judicial?

El Pleno de la SCJN sólo discutió la legitimación y procedencia del proyecto del ministro Luis González Alcántara, sin llegar al fondo del mismo.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desestimó el proyecto de sentencia que buscaba invalidar parcialmente la reforma judicial, propuesto por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá. El Pleno del máximo tribunal no llegó al fondo del proyecto, se quedó en la etapa inicial  de discutir la “legitimación” y “procedencia”.

Esto significa que las y los ministros sólo discutieron si los partidos políticos que promovieron las acciones de inconstitucionalidad contra la reforma al Poder Judicial de la Federación (PJF) impulsada por Morena tenían la facultad para ello y si la SCJN podría declarar o no inconstitucional la reforma.

Si bien una mayoría de siete ministras y ministros se pronunció a favor de la procedencia, al no lograr la votación calificada de ocho votos, el Pleno del Máximo Tribunal Constitucional desestimó el proyecto y discutir los conceptos de invalidez propuestos por González Alcántara Carrancá.

Entonces, la SCJN no analizó si la modificación a la Constitución afecta la independencia judicial y los derechos de las personas juzgadoras, por lo que la reforma aprobada por el Congreso no tuvo cambios y continuará el proceso de elección por voto popular de ministros, jueces y magistrados.

Una acción de inconstitucionalidad es un juicio en que la Corte resuelve si una norma está en contra de la Constitución, y en días previos prevaleció el debate sobre si era posible discutir si una reforma constitucional aprobada por el Congreso podía ir en contra de la Carta Magna.

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